Senado mexicano avala "Ley Antimemes": Hasta 5 años de prisión por uso indebido de logos oficiales

Abogado y analista explicó a The Epoch Times que existe un riesgo de autocensura entre periodistas y creadores ante la posibilidad de enfrentar un proceso penal

Fotografía que muestra a los asistentes de una sesión en el Senado de la República en Ciudad de México (México). Imagen de archivo. (EFE/ Mario Guzmán)
Fotografía que muestra a los asistentes de una sesión en el Senado de la República en Ciudad de México (México). Imagen de archivo. (EFE/ Mario Guzmán)
Eduardo Tzompa
30 de septiembre de 2026, 4:04 p. m.
Actualizado el30 de septiembre de 2026, 4:06 p. m.

El Senado de México aprobó la reforma, conocida públicamente como “Ley Antimemes”, que sanciona el uso indebido de la identidad gráfica de las instituciones públicas de los tres órdenes de gobierno.

El dictamen que reforma el Código Penal Federal y la Ley Federal de Protección a la Propiedad Industrial, se aprobó con 72 votos a favor y 34 en contra, este 30 de septiembre.

Se impondrán de 1 a 5 años de prisión y una multa de 1000 a 10,000 Unidades de Medida y Actualización (UMA) a quien utilice, reproduzca, imite o incorpore, a escala comercial, la identidad gráfica institucional, dominios electrónicos o documentos oficiales de una institución pública para inducir al error o engaño con la intención de cometer un ilícito, según el dictamen.

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En términos sencillos, la disposición busca sancionar el uso de logotipos, dominios o documentos oficiales cuando se utilicen para hacer creer que una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático u otra actuación tiene un origen oficial con el propósito de cometer un delito.

El senador Javier Corral, del partido Morena, e impulsor de la reforma, defendió el dictamen durante la discusión en el Senado.

Corral sostuvo que la modificación busca combatir fraudes y proteger a creadores e inventores frente a la piratería y la falsificación. También señaló que la reforma actualiza sanciones que no se habían modificado desde 1996.

"Se crean nuevos delitos como la distribución de obras antes de su lanzamiento oficial y el uso no autorizado de la identidad gráfica de los gobiernos, que se ha usado en varias ocasiones para engañar a la población", declaró.

Sobre las críticas relacionadas con una posible afectación a la sátira o la crítica política, Corral rechazó esa interpretación.

"Nada más equivocado", dijo.

El senador señaló que las comisiones modificaron el artículo 403 Bis para precisar que el delito se configura cuando la identidad gráfica se utiliza con la finalidad de inducir al error o engaño para cometer un ilícito relacionado con el origen oficial de una comunicación, documento, plataforma, servicio, sistema informático u otra actuación atribuible a una institución pública.

"Con la modificación queda claro el alcance del delito: consiste en usar la identidad gráfica con el fin de engañar a la población para la comisión de un ilícito, no con fines políticos y menos, como se ha dicho, de crítica o de sátira política", sostuvo.

Corral también dijo que el dictamen mantiene la presunción de inocencia y que el Ministerio Público deberá acreditar plenamente la escala comercial y el dolo.

La iniciativa de reforma ahora se turnó a la Cámara de Diputados para que se discuta y se vote.

Senador del Partido Verde advierte riesgos para la libertad de expresión

Durante la discusión, el senador Luis Armando Melgar, del Partido Verde, expresó su oposición a la reforma y advirtió sobre los efectos que, a su juicio, puede tener una redacción ambigua.

"Está de por medio la libertad, la ley tiene que ser precisa. No son detalles, son los límites entre perseguir un fraude y darle al Estado un margen excesivo para castigar", declaró.

Melgar señaló que la libertad de expresión también puede debilitarse cuando las leyes generan incertidumbre sobre los límites de la crítica, la investigación, las publicaciones o la sátira.

"La libertad también se debilita cuando las leyes son ambiguas, cuando el ciudadano empieza a preguntarse si criticar, si investigar, si publicar o hacer sátira puede terminar convirtiéndose en un problema penal", dijo.

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El senador agregó que el problema radica en permitir que una legislación amplia determine posteriormente qué expresiones pueden ser sancionables.

"No estoy diciendo que esta modificación convierta a México en Rusia. Estoy diciendo algo mucho más sencillo. México no debe de empezar a normalizar herramientas jurídicas que las democracias deberían de evitar", sostuvo.

Abogado advierte sobre posibles efectos para periodistas y creadores de contenido

The Epoch Times consultó el dictamen con el abogado y analista de asuntos legislativos Juan Carlos Cruz Aldama, quien explicó en entrevista los posibles efectos de la legislación para periodistas, caricaturistas y creadores de contenido.

Cruz Aldama señaló que el artículo 403 Bis contempla penas de 1 a 5 años de prisión y multas de hasta 1.17 millones de pesos para quien use, imite o incorpore símbolos o documentos oficiales.

"Como los verbos utilizados son amplios, la intención queda a interpretación; asimismo, la escala comercial alcanza a quien monetiza, por lo tanto un cartón o un reportaje podrían investigarse", explicó.

El abogado también señaló que la responsabilidad penal podría alcanzar a empresas de medios y no solamente a los autores de las piezas.

Cruz Aldama consideró que el Congreso debería realizar ajustes al artículo 403 Bis para precisar sus alcances. Entre sus propuestas planteó establecer excepciones expresas para la parodia, la sátira, la crítica y el periodismo.

También propuso sustituir los términos "imite" e "incorpore" por conductas concretas, como la suplantación de sitios, correos, trámites o comunicaciones oficiales, además de precisar la redacción sobre el dolo.

El abogado además señaló que el artículo 14 constitucional exige que las leyes penales sean claras.

"Si el tipo penal no es claro, la delgada línea entre fraude y crítica quedaría ambigua, a discreción", explicó.

Cruz Aldama puso como ejemplo el uso de un logotipo oficial modificado en un meme y cuestionó si ese supuesto podría considerarse una imitación.

También señaló que no queda claro cómo se mediría la escala comercial cuando no existe un producto con precio y que la intención de inducir al error puede probarse mediante indicios sujetos a interpretación.

"Se abre la puerta a un uso selectivo contra voces incómodas", sostuvo.

El abogado agregó que el delito previsto en el artículo 403 Bis se perseguirá de oficio, por lo que no sería necesaria una denuncia para que las autoridades actúen ante un supuesto de este tipo.

Finalmente, Cruz Aldama señaló que existe un riesgo de autocensura entre periodistas y creadores ante la posibilidad de enfrentar un proceso penal.

"Basta la posibilidad de una carpeta de investigación, con los costos legales o reputacionales que implica para que un medio pequeño o un creador independiente prefiera no usar símbolos oficiales en su crítica", explicó.

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