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La Corte Suprema de EE. UU. en Washington el 3 de abril de 2025. (Madalina Vasiliu/The Epoch Times)

La Corte Suprema de EE. UU. en Washington el 3 de abril de 2025. (Madalina Vasiliu/The Epoch Times)

Corte Suprema bloquea temporalmente deportación de presuntos pandilleros venezolanos

ESTADOS UNIDOSPor Matthew Vadum
19 de abril de 2025, 0:49 p. m.
| Actualizado el19 de abril de 2025, 0:50 p. m.

El 19 de abril, la Corte Suprema bloqueó temporalmente la deportación por parte de la administración Trump de un número no especificado de hombres venezolanos que se encuentran actualmente bajo custodia de inmigración y que presuntamente son miembros de una banda criminal.

La nueva orden judicial sin firmar que concede la solicitud de emergencia de los venezolanos se emitió el sábado alrededor de las 12:55 a. m. Los jueces Clarence Thomas y Samuel Alito disintieron. Según la orden, el razonamiento de Alito se añadirá más adelante al expediente de la corte.

"Se ordena al Gobierno que no expulse de Estados Unidos a ningún miembro de la supuesta clase de detenidos hasta nueva orden de esta corte", dice la orden.

La orden señala que actualmente está pendiente ante la Corte de Apelaciones del Quinto Circuito de Estados Unidos una solicitud para bloquear las deportaciones. Después de que el Quinto Circuito actúe, el fiscal general D. John Sauer debería presentar una respuesta a la solicitud ante la Corte Suprema lo antes posible, según la orden.

La orden se emitió después de que la Unión Americana de Libertades Civiles (ACLU) presentara una solicitud de emergencia en nombre de sus clientes venezolanos a última hora del 18 de abril, pidiendo a la Corte Suprema que impidiera inmediatamente a la administración Trump deportar a los clientes.

La solicitud de emergencia en el caso A.A.R.P. y W.M.M. contra Trump, que impugna el uso por parte del presidente Donald Trump de la Ley de Enemigos Extranjeros para deportar a inmigrantes ilegales que son presuntos o confirmados miembros de bandas criminales, fue dirigida al juez Samuel Alito.

El 14 de marzo, el presidente Donald Trump firmó la Proclamación 10903, en la que declaró oficialmente que Tren de Aragua, una organización designada como terrorista extranjera, "está perpetrando, intentando y amenazando una invasión o incursión depredadora contra el territorio de Estados Unidos".

El grupo está usando la inmigración ilegal masiva a Estados Unidos para dañar a los ciudadanos estadounidenses, socavar la seguridad pública y apoyar el objetivo del régimen venezolano con el que está asociado de desestabilizar "las naciones democráticas de las Américas, incluidos los Estados Unidos", según la proclamación.

El presidente invocó la Ley de Enemigos Extranjeros para autorizar la "aprehensión, detención y expulsión inmediatas" de los miembros del grupo que sean ciudadanos venezolanos mayores de 14 años y que no sean ciudadanos estadounidenses ni residentes permanentes legales en Estados Unidos.

La solicitud dice que los clientes de la ACLU están impugnando el uso que hace la administración Trump de la ley federal para deportarlos. Los clientes "se encuentran en peligro inminente y continuo de ser expulsados de los Estados Unidos sin previo aviso ni oportunidad de ser escuchados, en contravención directa de la orden de estas corte en el caso Trump contra J.G.G.".

"Muchas personas ya han sido subidas a autobuses, presumiblemente con destino al aeropuerto", y corren el riesgo de ser enviadas a una prisión en El Salvador, según la solicitud.

El 15 de marzo, la administración Trump usó la Ley de Enemigos Extranjeros para deportar al menos a 137 venezolanos a El Salvador, donde ahora están encarcelados "posiblemente por el resto de sus vidas" en el Centro de Confinamiento del Terrorismo de El Salvador, que es "una de las prisiones más notorias del mundo", según la solicitud.

La solicitud alega que muchos de los deportados desde el 15 de marzo no eran miembros del Tren de Aragua.

"Estas acusaciones falsas son especialmente devastadoras, teniendo en cuenta las sólidas reclamaciones de los demandantes para obtener amparo en virtud de nuestras leyes de inmigración", decía la solicitud.

En el caso Trump contra J.G.G., la Corte Suprema concedió el 7 de abril la petición del presidente de suspender las órdenes de un juez federal de distrito que impedían a su administración utilizar la Ley de Enemigos Extranjeros para deportar a presuntos miembros del Tren de Aragua, pero determinó que los detenidos deben tener la oportunidad de impugnar su expulsión.

"Aceptamos la solicitud y anulamos las [órdenes de restricción temporal]", dijo la corte en un dictamen per curiam, o sin firmar, sobre el caso. La decisión se aplicó a dos órdenes de restricción originales y a una prórroga emitida por el juez federal de distrito James Boasberg, con sede en Washington.

La solicitud a la Corte Suprema se presentó un día después de que el juez federal James Wesley Hendrix, del Distrito Norte de Texas, rechazara la solicitud de los clientes de la ACLU de una orden de restricción temporal que detuviera los esfuerzos de expulsión.

Aunque los futuros deportados dijeron a la corte que "corren un riesgo inminente de expulsión sumaria" de Estados Unidos, la corte preguntó al Gobierno "si expulsaría a A.A.R.P. o W.M.M. en espera de la resolución de su petición de hábeas corpus", escribió Hendrix en su orden del 17 de abril.

Una petición de hábeas corpus es una solicitud para que una corte revise la detención o el encarcelamiento de una persona. También puede utilizarse para impugnar una condena penal.

"Estados Unidos respondió de forma inequívoca, afirmando que 'el Gobierno no tiene actualmente la intención de expulsar [a los solicitantes] A.A.R.P. o W.M.M. en virtud de la [Ley de Enemigos Extranjeros] hasta que se resuelva la petición de hábeas corpus pendiente' y que 'si eso cambia, informaremos a la corte'", escribió el juez.

Esto significa que los solicitantes no corren "un riesgo inminente de expulsión sumaria y no pueden demostrar una amenaza sustancial de daño irreparable", escribió Hendrix.

Con información de Sam Dorman


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Comentarios (1)

J

Júlio Lanzilotti

19 de abril de 2025

Es incomprensible que los jueces tengan mayor poder que el presidente de una nación elegido por el pueblo que está actuando según las leyes y también su programa de gobierno.

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