Corte de Perú restablece la supervisión estatal total del puerto de Chancay, de propiedad china

La decisión revocó un fallo de enero que había restringido las facultades de Ositran, el organismo regulador de la infraestructura de transporte de Perú

Esta vista aérea muestra el "Megapuerto" de Chancay en la pequeña localidad de Chancay, a 50 millas (80 kilómetros) al norte de Lima, el 30 de septiembre de 2025. (Connie France/AFP vía Getty Images)

Esta vista aérea muestra el "Megapuerto" de Chancay en la pequeña localidad de Chancay, a 50 millas (80 kilómetros) al norte de Lima, el 30 de septiembre de 2025. (Connie France/AFP vía Getty Images)

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4 de julio de 2026, 12:32 p. m.
| Actualizado el4 de julio de 2026, 12:32 p. m.

Una corte de apelaciones peruana restableció la autoridad del regulador de transporte sobre el puerto de Chancay, de propiedad china, revocando un fallo de un tribunal inferior que había limitado la supervisión estatal.

La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima desestimó una demanda constitucional, conocido en Perú como "amparo", presentado por Cosco Shipping Ports Chancay Perú. La decisión revocó un fallo de enero que había restringido las facultades del regulador de infraestructura de transporte de Perú, Ositran.

Según Ositran, la corte determinó que el regulador había actuado dentro de su autoridad legal y que sus acciones no violaban los derechos constitucionales de la empresa.

"La Segunda Sala Constitucional de la Corte Superior de Justicia de Lima revocó la sentencia de primera instancia que restringía las competencias del Organismo Supervisor de la Inversión en Infraestructura de Transporte de Uso Público (Ositrán) respecto del Terminal Portuario Multipropósito de Chancay y declaró improcedente la demanda de amparo presentada por Cosco Shipping Ports Chancay Perú S. A.", indicó la agencia en un comunicado.

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Su autoridad para regular, supervisar, inspeccionar e imponer sanciones en el puerto ha sido ahora restablecida en su totalidad. La corte también dictaminó que, según la legislación peruana, la terminal es una infraestructura de transporte de uso público, lo que significa que sigue sujeta a la supervisión del Estado a pesar de ser de propiedad privada.

En el mismo comunicado, el regulador señaló que la corte concluyó que sus acciones constituían "un ejercicio regular de las facultades que la ley atribuye a Ositran" y "no representaban una amenaza cierta e inminente para los derechos fundamentales".

La corte también determinó que cualquier controversia sobre decisiones administrativas debe resolverse a través de los tribunales administrativos ordinarios de Perú, en lugar de mediante procedimientos constitucionales.

Ubicado a unas 50 millas (80 kilómetros) al norte de Lima, Chancay se desarrolló con una importante inversión de la empresa china Cosco Shipping Ports. Desde que entró en plena operación comercial en 2025, la terminal de aguas profundas se ha convertido en una de las principales puertas de entrada de Sudamérica para el comercio con Asia.

El punto central de la controversia era si un puerto de financiación privada que presta servicio al público debía estar bajo la supervisión de Ositran. Cosco argumentó que, dado que el proyecto se construyó sin una concesión estatal, el regulador carecía de autoridad sobre la mayor parte de sus operaciones.

Los reguladores respondieron que la propiedad no determina la jurisdicción regulatoria. Argumentaron que la infraestructura de transporte de uso público sigue estando sujeta a supervisión, independientemente de si es de propiedad estatal o de desarrollo privado, y señalaron el puerto de propiedad privada de Pucallpa como un ejemplo existente.

Los procedimientos legales comenzaron después de que Cosco impugnara una serie de comunicaciones emitidas por Ositran en 2024 y 2025. En enero, una corte de primera instancia falló parcialmente a favor de la empresa, ordenando al regulador que se abstuviera de ejercer la mayor parte de sus facultades de supervisión mientras el caso estuviera en curso.

Tras el fallo, Ositran apeló, argumentando que la supervisión regulatoria protege a los usuarios al promover la transparencia, la igualdad de trato y el cumplimiento de las leyes que rigen la infraestructura de transporte de uso público. Varios reguladores peruanos respaldaron posteriormente esa posición, mientras que el gobierno dijo que recurriría a las vías legales para defender la autoridad de la agencia.

En junio, otro tribunal también ratificó el papel de la autoridad de competencia de Perú, el Indecopi, en asuntos relacionados con las condiciones de mercado en el puerto.

Ositran dijo que respetaba el fallo y que continuaría ejerciendo las facultades que le otorgan la Constitución y la ley para proteger a los usuarios de la infraestructura de transporte público.

Cosco ha indicado que tiene la intención de apelar ante la Corte Constitucional de Perú, aunque no se ha confirmado la presentación formal de la apelación.

Con información de Associated Press.


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