El Departamento de Justicia de Estados Unidos (DOJ) afirmó que ratifica la acusación formal contra el gobernador de Sinaloa en licencia, Rubén Rocha Moya, y aseguró que presentará "pruebas claras" durante el juicio, luego de que el gobierno de México enviara una nota diplomática para exigir pruebas sobre el caso.
"Ratificamos la acusación formal y presentaremos pruebas claras en el juicio", declaró el DOJ en un correo electrónico a The Epoch Times en Español adjuntando el documento de la acusación en la que aparece Rocha Moya junto con otros nueve demandados.
"Damos la bienvenida a la cooperación de México en la lucha contra la corrupción y el narcotráfico global", agregó el DOJ.
La respuesta ocurrió luego de que la presidenta Claudia Sheinbaum informó el 6 de mayo que la Secretaría de Relaciones Exteriores envió una nota diplomática a Estados Unidos para solicitar las pruebas relacionadas con la acusación presentada contra Rocha Moya y otros nueve altos funcionarios y exfuncionarios mexicanos.
Durante su conferencia matutina del 6 de mayo, Sheinbaum cuestionó el contenido difundido por las autoridades estadounidenses.
"Le pedimos a esta oficina del Departamento de Justicia de Estados Unidos que mande pruebas, ¿qué pruebas tienen? Porque lo que publicaron es una nota de dichos de alguien y una página toda testada con una nota escrita a mano que dice, Juanito 30,000 pesos", dijo la jefa del ejecutivo mexicano.
Sobre los demás funcionarios señalados en la acusación, Sheinbaum indicó que no intervendrá para pedirles que se separen de sus cargos.
El gobernador de Sinaloa, Rubén Rocha (Izq.), saluda a la presidenta de México, Claudia Sheinbaum (C), junto al expresidente Andrés Manuel López Obrador durante la inauguración de un hospital público en Culiacán, Sinaloa, México, el 10 de agosto de 2024. (RASHIDE FRIAS/AFP vía Getty Images)El 29 de abril, el DOJ informó que la Fiscalía del Distrito Sur de Nueva York presentó cargos contra Rocha Moya y otros nueve exfuncionarios y funcionarios mexicanos de alto rango por presuntos delitos relacionados con narcotráfico, armas y vínculos con la facción de "los Chapitos", del Cártel de Sinaloa.
Según el comunicado oficial del DOJ, los acusados presuntamente conspiraron con líderes del grupo criminal para traficar grandes cantidades de drogas hacia Estados Unidos y habrían utilizado sus cargos públicos para proteger las operaciones del cártel.
El documento señala que los funcionarios acusados habrían facilitado información de inteligencia a integrantes de la organización criminal y habrían ordenado protección para cargamentos de droga en tránsito hacia territorio estadounidense.
La acusación también incluye al senador federal de Morena, Enrique Inzunza Cázares, al alcalde de Culiacán Juan de Dios Gámez Mendívil, y al vicefiscal Dámaso Castro Saavedra, además de exfuncionarios y exmandos policiales de Sinaloa.
Entre ellos aparece el excomandante de Culiacán, Juan Valenzuela Milán, alias "Juanito", quien además enfrenta acusaciones por el presunto secuestro y homicidio de una fuente de la DEA y uno de sus familiares.
El DOJ también sostuvo que Rocha Moya habría llegado al gobierno de Sinaloa con apoyo de "los Chapitos", grupo ligado a los hijos de Joaquín "El Chapo" Guzmán, mediante actos de intimidación y secuestro contra sus rivales políticos.
"Como lo revela la acusación, el Cártel de Sinaloa, y otras organizaciones de narcotráfico similares, no operarían con tanta libertad o éxito sin políticos corruptos y funcionarios de las fuerzas del orden en su nómina", declaró el fiscal Jay Clayton, de acuerdo con un comunicado que hizo pública la acusación.
"El apoyo de funcionarios extranjeros corruptos al tráfico mortal de drogas debe terminar. Que estos cargos envíen un mensaje claro a todos los funcionarios del mundo que trabajan con narcotraficantes: sin importar su título o posición, estamos comprometidos a llevarlos ante la justicia", agregó.
En el contexto de las tensiones bilaterales sobre las medidas contra el narcotráfico, el presidente Donald Trump, criticó en marzo la postura del gobierno mexicano frente a los cárteles.
"Me ofrecí a acabar con los cárteles en México, y por alguna razón, ella no quiere hacerlo", dijo Trump el 13 de marzo en la Base Conjunta Andrews.
"Me cae muy bien. Pero debería acabar con los cárteles porque, nos guste o no, los cárteles controlan México. No podemos permitirlo", añadió.
Un camión arde en una calle de Culiacán, estado de Sinaloa, México, el 5 de enero de 2023, después de que las fuerzas de seguridad capturaran a Ovidio Guzmán, hijo del exjefe del cártel de Sinaloa Joaquín "El Chapo" Guzmán, lo que provocó tiroteos y controles de carretera. (Martin Urista/AP Photo)México debería procesar a Rocha Moya y a los otros 9 demandados: Abogada constitucionalista
La abogada constitucionalista Claudia Aguilar Barroso consideró que el Estado mexicano debería investigar y procesar en territorio nacional al gobernador en licencia Rubén Rocha Moya y a los otros nueve demandados por Estados Unidos, en lugar de limitarse a una eventual extradición.Aguilar Barroso es socia fundadora y directora del despacho Aguilar Barroso y Asociados en la Ciudad de México. Cuenta con más de 20 años de experiencia en litigio constitucional y administrativo.
En entrevista con The Epoch Times en Español, Aguilar Barroso, afirmó que la acusación presentada por autoridades estadounidenses genera una obligación para México de abrir investigaciones propias. La especialista además indicó que el hecho de que Rocha Moya solicitara licencia al cargo no modifica sustancialmente el procedimiento de una posible extradición.
"No cambiaría respecto al proceso de extradición específico. No cambia el hecho de que el gobernador haya pedido licencia o no, porque en mi opinión el fuero no es oponible a un procedimiento administrativo como es el proceso de extradición", explicó.
Aguilar Barroso sostuvo que la situación sería distinta si las autoridades mexicanas decidieran iniciar un proceso penal dentro del país, lo cual "sería una de las opciones que tiene el Estado mexicano en este caso".
La constitucionalista agregó que la acusación formal presentada en Estados Unidos todavía no constituye una sentencia y recordó que la presunción de inocencia sigue vigente para los funcionarios señalados.
"Es una acusación formulada en Estados Unidos porque se violentan las leyes de ese país. Entonces, la presunción de inocencia sigue siendo plenamente válida", dijo.
Oficiales del Departamento de Seguridad Nacional patrullan afuera de una audiencia de declaración de culpabilidad para el fundador del Cartel de Sinaloa, Ismael Zambada García, conocido como El Mayo, en la Corte del Distrito Este de Nueva York, en Brooklyn. (EFE/Olga Fedorova)Sin embargo, señaló que los presuntos delitos también habrían ocurrido en territorio mexicano, por lo que México tendría bases para ejercer jurisdicción en el caso.
"Realmente también se les está acusando de delitos que cometieron en territorio mexicano. Entonces, en estricto sentido, el lugar correcto para procesarlos es nuestro país", afirmó.
Agregó que una investigación en México permitiría fortalecer la capacidad institucional del Estado mexicano frente a delitos relacionados con delincuencia organizada y corrupción.
Sobre el papel de la Fiscalía General de la República, Aguilar Barroso, dijo que las autoridades mexicanas podrían integrar carpetas de investigación utilizando la información presentada por fiscales estadounidenses.
"Si ya tiene la fiscalía en sus manos un expediente que mandó integrado adecuadamente un fiscal estadounidense, entonces lo que tendría que hacer es integrar una carpeta bajo la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada y los tipos del Código Penal Federal", explicó.
La especialista mencionó posibles delitos por los que serían acusados en México como cohecho, abuso de autoridad y asociación delictuosa, entre otros.
"Lo único que no se tiene en este momento es voluntad política por parte de la Fiscalía General de la República de hacer estas investigaciones", declaró.
En relación con el senador Enrique Inzunza Cázares, Aguilar Barroso explicó que, en caso de que México decida procesarlo penalmente, sí sería necesaria una declaratoria de procedencia debido a la inmunidad procesal que protege a legisladores federales.
"Si en México deciden procesarlos penalmente, entonces en el caso del senador sí se requeriría una declaratoria de procedencia", e indicó que tendría que ser emitida por la Cámara de Diputados.
Respecto a Rocha Moya, consideró que la solicitud de licencia podría permitir que el trámite de extradición avance sin necesidad de mantener la protección procesal asociada al cargo.
"El fuero protege la función y no a la persona, entonces al ya no ejercer el cargo podría seguir el trámite", señaló.
Aguilar Barroso también afirmó que procesar el caso en México podría reducir las críticas del gobierno estadounidense al gobierno mexicano sobre la falta de acciones contra el narcotráfico.
"Le quita una parte de narrativa al gobierno de Estados Unidos donde dice: 'No, ustedes no hacen nada y por eso nosotros nos tenemos que meter'", agregó.
Finalmente, consideró que el caso representa un posible punto de inflexión para el sistema judicial mexicano.
¿Qué dice el Tratado de Extradición firmado por México y EE. UU. para estos casos?
El Tratado de Extradición entre México y Estados Unidos, firmado el 4 de mayo de 1978, establece en su artículo 10 que las solicitudes de extradición deben presentarse por vía diplomática y acompañarse de una relación de hechos, disposiciones legales aplicables, datos de identificación del reclamado y pruebas suficientes para justificar la detención y el enjuiciamiento.El mismo artículo señala que, cuando la persona aún no ha sido sentenciada, la solicitud debe incluir una copia certificada de la orden de aprehensión emitida por una autoridad judicial competente y las pruebas que sustenten la acusación.
Por su parte, el artículo 11 del tratado establece que, en casos de urgencia, cualquiera de los dos países puede solicitar la detención provisional de una persona acusada o sentenciada mediante la vía diplomática.
La disposición indica que la petición debe contener el delito imputado, la descripción y ubicación del reclamado, además de la confirmación de una orden de aprehensión o sentencia condenatoria vigente.
El tratado también establece que la detención provisional puede terminar si, dentro de un plazo de 60 días después de la captura, el país solicitante no presenta formalmente la solicitud de extradición junto con los documentos requeridos en el artículo 10.
Con información de Estela Hernández.
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