Una corte federal de apelaciones bloqueó de forma temporal una orden de una corte inferior que permitía a inmigrantes ilegales venezolanos, deportados a El Salvador en marzo, impugnar su detención.
La Corte de Apelaciones del Circuito de Estados Unidos para el Distrito de Columbia emitió una suspensión administrativa el 10 de junio, dejando en suspenso la orden del juez de distrito James Boasberg del 4 de junio mientras revisa la apelación del gobierno.
Esto ocurrió después de que la administración Trump presentara una moción de emergencia pidiendo a la corte de apelaciones que bloqueara la sentencia de Boasberg, que exigía al gobierno que proporcionara a los inmigrantes ilegales venezolanos deportados a El Salvador la oportunidad de impugnar su deportación.
Más de 100 ciudadanos venezolanos fueron deportados a El Salvador en marzo después de que el presidente Donald Trump firmara una proclamación el 15 de marzo invocando la Ley de Enemigos Extranjeros, o Alien Enemies Act, que permite la expulsión de no ciudadanos sin proceso legal durante tiempos de guerra o invasión.
La deportación se centró en inmigrantes ilegales sospechosos de pertenecer a la banda criminal Tren de Aragua, una organización terrorista que, según Trump, "llevaba a cabo una guerra irregular y acciones hostiles contra Estados Unidos" mediante la inmigración ilegal y cometiendo"crímenes brutales".
En una sentencia del 4 de junio, Boasberg declaró que la administración “claramente privó” a los inmigrantes ilegales de su derecho a solicitar un recurso de hábeas corpus —o la oportunidad de impugnar su detención— antes de ser deportados de Estados Unidos.
"Ese proceso, que fue indebidamente denegado, debe ahora concedérseles". dijo el juez. "La corte considera que dicha reparación equilibra la función específica de los demandados en la conducción de los asuntos exteriores con la grave necesidad de corregir los errores jurídicos cometidos; sin esta reparación, el gobierno podría detener a cualquier persona en la calle, entregarla a un país extranjero y, de este modo, impedir efectivamente cualquier medida correctiva".
La administración argumentó que la corte de distrito carece de jurisdicción sobre las demandas de hábeas corpus, ya que Estados Unidos no tiene “custodia efectiva” sobre los inmigrantes ilegales que se encuentran actualmente recluidos en la megaprisión de El Salvador, conocida como CECOT, según su moción de emergencia del 10 de junio.
"Esta corte coincidió que Estados Unidos no tiene custodia real ni efectiva sobre los demandantes y, por lo tanto, no tiene jurisdicción sobre sus demandas de hábeas corpus", declaró la administración.
"Además, la falta de custodia significa que el gobierno no puede ‘facilitar’ la revisión del hábeas corpus, al menos no sin emprender esfuerzos militares o diplomáticos que las cortes no tienen autoridad para ordenar. Por lo tanto, los demandantes no pueden solicitar una reparación equitativa por las violaciones del debido proceso cometidas en el pasado".
The Epoch Times solicitó comentarios a la Casa Blanca y a la Unión Americana por las Libertades Civiles, ACLU, que representa a los ciudadanos venezolanos en la demanda, sobre la orden de la corte de apelaciones, pero no obtuvo respuesta antes de la publicación.
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