Corte permite al gobierno federal acelerar deportaciones

Agentes de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. detienen a una persona cerca de una ferretería en Nueva Orleans el 3 de diciembre de 2025. (Adam Gray/AFP vía Getty Images)

Agentes de la Oficina de Aduanas y Protección Fronteriza de EE. UU. detienen a una persona cerca de una ferretería en Nueva Orleans el 3 de diciembre de 2025. (Adam Gray/AFP vía Getty Images)

23 de junio de 2026, 6:37 p. m.
| Actualizado el23 de junio de 2026, 6:37 p. m.

El gobierno del presidente Donald Trump podrá acelerar las deportaciones en todo el país, determinó el 23 de junio un panel dividido de una corte federal de apelaciones.

La mayoría de un panel de la Corte de Apelaciones del Circuito del Distrito de Columbia concluyó que la orden del Departamento de Seguridad Nacional (DHS, por sus siglas en inglés) de enero de 2025, que autorizaba procedimientos de deportación acelerada para muchos inmigrantes ilegales, se encuentra dentro de la autoridad otorgada por el Congreso a las autoridades migratorias.

La orden habilita al personal de inmigración a agilizar las deportaciones de extranjeros que ingresaron al país sin documentación válida o mediante fraude, que no habían sido liberados bajo “parole” o que no demostraran haber estado en Estados Unidos durante al menos dos años antes de la determinación de que debían ser deportados.

Con esta medida, el DHS “ejerció su discrecionalidad para aplicar su autoridad de expulsión expedita en la máxima medida permitida por la ley”, escribió el juez de circuito Justin Walker en representación de la mayoría.

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La corte de apelaciones revocó una decisión de 2025 de la jueza federal de Washington Jia Cobb, quien había concluido que la expansión del procedimiento de deportación acelerada violaba los derechos constitucionales de los inmigrantes en situación irregular y podría derivar en deportaciones erróneas de personas que no debían ser expulsadas del país.

“Al defender este proceso tan limitado, el Gobierno presenta un argumento verdaderamente sorprendente: que quienes ingresaron ilegalmente al país no tienen derecho a ningún proceso bajo la Quinta Enmienda, sino que deben aceptar cualquier concesión que el Congreso les otorgue”, escribió Cobb en ese momento. “Si eso fuera cierto, no solo los no ciudadanos, sino todos estaríamos en riesgo. El Gobierno podría acusarte de haber ingresado ilegalmente, someterte a un procedimiento mínimo en el que ‘probaría’ tu entrada ilegal y luego expulsarte de inmediato”.

La corte de apelaciones anuló la orden judicial preliminar de Cobb al considerar que la parte demandante en el caso, una organización llamada Make the Road New York, no logró demostrar que probablemente tendría éxito en su impugnación legal.

Make the Road sostuvo que, bajo el procedimiento que amplió las deportaciones rápidas, sus miembros no recibían notificación ni oportunidad de ser escuchados.

Walker dijo que el gobierno sí emitió aviso del cambio y que, conforme a la ley, incluso las personas sujetas a expulsión acelerada tienen la oportunidad de responder.

La organización también argumentó que el DHS omitió indebidamente en formularios relevantes la posibilidad de evitar la expulsión expedita si se demostraban dos años de presencia continua. Sin embargo, según Walker, no existe una obligación legal de informar específicamente sobre esa excepción.

“Aquí, los extranjeros son informados de que el DHS los está colocando en deportación expedita. Y pueden impugnar su sujeción a ese procedimiento, incluso alegando presencia continua”, señaló. “La Quinta Enmienda no exige que el gobierno brinde instrucción legal previa, reasigne cargas estatutarias o garantice condiciones óptimas para la obtención de pruebas antes de la determinación inicial autorizada por el Congreso”.

El juez de circuito Neomi Rao coincidió con Walker.

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Por su parte, el juez Robert Wilkins emitió una disidencia parcial en la que señaló que los tribunales han determinado que la administración ha deportado a varios no ciudadanos que habían permanecido en el país por más de dos años.

“El DHS no ha cuestionado esta conclusión fáctica”, dijo. “Esto plantea la pregunta de cómo y por qué la agencia está removiendo personas del país de una manera contraria al estatuto federal. La respuesta es bastante simple: el DHS está utilizando procedimientos que no permiten una oportunidad real de que los no ciudadanos demuestren que han estado presentes de forma continua en Estados Unidos durante dos años”.

Make the Road New York no respondió a una solicitud de comentarios al momento de la publicación de este artículo.

James Percival, asesor jurídico general del DHS, declaró en un comunicado que la corte “validó nuestra decisión de aplicar la ley tal como está escrita”.


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