Corte dictamina que administración Trump no puede detener a no ciudadanos sin audiencias de fianza

El fallo acentúa la división entre las cortes de circuito sobre este tema

Agentes federales de inmigración detienen a un hombre en Minneapolis, Minnesota, el 21 de enero de 2026. (Stephen Maturen/Getty Images)
Agentes federales de inmigración detienen a un hombre en Minneapolis, Minnesota, el 21 de enero de 2026. (Stephen Maturen/Getty Images)
30 de julio de 2026, 10:54 p. m.
| Actualizado el30 de julio de 2026, 10:54 p. m.

La Corte de Apelaciones del Noveno Circuito de EE. UU. dictaminó el 30 de julio que la administración Trump carece de la autoridad para detener a inmigrantes ilegales sin audiencias de fianza, lo que agrava la división entre los circuitos.

Un panel dividido del Noveno Circuito expuso posiciones divergentes sobre el tema. La mayoría, al confirmar una decisión a favor de los inmigrantes ilegales detenidos en el estado de Washington, señaló que la ley federal que exige la detención obligatoria de los inmigrantes ilegales se ha aplicado históricamente solo a quienes buscan ingresar al país por una frontera, incluso después de la actualización del texto en las enmiendas de 1996 a la ley de inmigración.

"La implicación de la postura del gobierno es que el Congreso, en 1996, introdujo un cambio importante en las leyes de inmigración al someter a millones de inmigrantes no admitidos presentes en los Estados Unidos a la detención obligatoria, pero que este cambio pasó desapercibido y no se le prestó atención, y que el Poder Ejecutivo, durante las siguientes tres décadas, violó la directiva de detención obligatoria del Congreso —que, según se afirma, es inequívoca— al tratar a estos inmigrantes como sujetos a la liberación bajo fianza", escribió el juez de circuito Daniel Bress en nombre de la mayoría.

La ley en cuestión establece que "en el caso de un inmigrante que sea solicitante de admisión, si el funcionario de inmigración encargado del examen determina que el inmigrante que solicita la admisión no tiene derecho, de manera clara y sin lugar a dudas, a ser admitido, dicho inmigrante deberá ser detenido". Establece que "un inmigrante presente en Estados Unidos que no haya sido admitido… se considerará, a los efectos de este capítulo, un solicitante de admisión".

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A mediados de 2025, la administración de Trump emitió una guía en la que se establecía que los inmigrantes ilegales dentro de Estados Unidos también están sujetos a detención obligatoria.

Esto provocó una avalancha de demandas.

Hasta ahora, dos cortes de circuito han fallado a favor de la administración, mientras que otras cuatro se han puesto del lado de quienes impugnan la medida.

En un voto disidente emitido el jueves, el juez de circuito Carlos Bea señaló que tanto la ley como el propósito del estatuto "establecen que el gobierno puede detener sin fianza a los inmigrantes presentes sin haber sido admitidos". No hay interpretaciones legales que socaven esa conclusión, afirmó.

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El fallo se produjo aproximadamente un mes después de que el Departamento de Justicia solicitara a la Corte Suprema, en un caso aparte, que dictaminara que la administración tiene la autoridad para detener a los inmigrantes ilegales dentro del país sin audiencias de fianza.

La cuestión jurídica es "si los inmigrantes presentes en Estados Unidos tras una entrada ilegal deben ser detenidos mientras se desarrollan sus procedimientos de expulsión", escribió el fiscal general adjunto D. John Sauer al Corte. Afirmó que la ley federal "exige la detención de dichos inmigrantes en espera de sus procedimientos de expulsión, y ese resultado no plantea ningún problema de debido proceso".


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