El 21 de mayo, la Corte Suprema de Estados Unidos dictaminó por 8 votos contra 1 que una empresa estadounidense debería poder demandar a las compañías de cruceros por utilizar sus activos comerciales que el gobierno comunista de Cuba confiscó hace décadas.
El caso es Havana Docks Corp. contra Royal Caribbean Cruises, que los magistrados examinaron el 23 de febrero.
El caso se centra en la Ley de Libertad y Solidaridad Democrática de Cuba de 1996, creada para presionar a Cuba penalizando a las empresas que traficaban con bienes confiscados a intereses estadounidenses. También conocida como Ley Helms-Burton, esta ley permite a los ciudadanos y empresas estadounidenses demandar a cualquier persona que trafique con dichos bienes, los utilice o se beneficie de ellos.
El fallecido dictador cubano Fidel Castro derrocó al gobierno anterior en 1959 y convirtió a Cuba en un estado de partido único en el que se implementaron políticas socialistas, incluida la nacionalización de los activos de las empresas extranjeras.
Las partes no habían podido demandar a las empresas estatales cubanas en virtud de esta ley porque el presidente estadounidense Bill Clinton suspendió el Título III, la parte de la ley que permite presentar demandas de indemnización. El presidente Donald Trump revocó la suspensión el 2 de mayo de 2019, y Exxon Mobil, que está involucrada en un caso aparte ante la Corte Suprema, presentó una demanda ese mismo día.
En el caso de los muelles de La Habana, una empresa con sede en Delaware argumentó que las líneas de cruceros debían compensarla por el uso de los muelles que construyó y para cuya explotación tenía una concesión de 99 años, la cual el gobierno revolucionario cubano confiscó sin compensación en 1960. Según la empresa, a la concesión le quedaban 44 años de vigencia.
Según la petición de la empresa, las compañías de cruceros utilizaron los muelles después de que la Comisión de Liquidación de Reclamaciones Extranjeras certificara la reclamación de Havana Docks contra Cuba, desembarcando a casi un millón de turistas en los muelles entre 2015 y 2019, y pagando a Cuba al menos 130 millones de dólares y obteniendo más de mil mdd en ganancias con sus cruceros cubanos .
En 2024, la Corte de Apelaciones del Undécimo Circuito de Estados Unidos, en una decisión dividida, anuló una sentencia de más de 100 mdd contra varias compañías de cruceros por "traficar" con bienes confiscados mediante el uso de muelles expropiados en Cuba. Dicha corte dictaminó que el derecho de propiedad de la compañía sobre los muelles había expirado en 2004.
El juez Clarence Thomas redactó la opinión mayoritaria de la corte suprema.
La corte inferior se equivocó al dictaminar que las compañías de cruceros no eran responsables porque el derecho de propiedad de Havana Docks sobre los muelles habría expirado antes de 2016 si el Gobierno cubano no los hubiera confiscado, dijo Thomas.
"Havana Docks solo tenía que demostrar que las líneas de cruceros utilizaron propiedades confiscadas, como los muelles, sobre las cuales Havana Docks tiene un derecho de propiedad", dijo el juez, y agregó que la Corte Suprema anula la decisión del 11.º Circuito.
La jueza Elena Kagan fue la única que votó en contra.
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