Decenas de millones de contribuyentes tendrían derecho a devoluciones del IRS correspondientes a la época de la pandemia

Los contribuyentes deben actuar antes del 10 de julio, según el organismo de control interno del IRS

Un formulario fiscal 1040 del Servicio de Impuestos Internos, en esta foto de archivo. (Madalina Kilroy/The Epoch Times)

Un formulario fiscal 1040 del Servicio de Impuestos Internos, en esta foto de archivo. (Madalina Kilroy/The Epoch Times)

4 de mayo de 2026, 11:53 a. m.
| Actualizado el4 de mayo de 2026, 11:53 a. m.

El organismo de control interno del IRS ha declarado que decenas de millones de contribuyentes estadounidenses podrían tener derecho a devoluciones o a la reducción de sanciones o intereses durante el periodo de desastre federal por el COVID-19.

"En resumen: es posible que tenga derecho a un reembolso o a una reducción de las multas e intereses impuestos", declaró el Defensor Nacional del Contribuyente (NTA) en un aviso publicado el 30 de abril y actualizado el 1 de mayo. "Para los contribuyentes que se enfrentan a presiones financieras, estas cantidades pueden suponer una diferencia real. Pero la mayoría de los contribuyentes deben actuar antes del 10 de julio de 2026 para solicitar sus posibles reembolsos".

El NTA señaló que los reembolsos o pagos se derivaban de múltiples resoluciones judiciales, incluida una dictada en noviembre de 2025 que "establece el aplazamiento automático de los plazos de presentación y pago durante el período en que esté vigente una declaración de desastre federal, más 60 días" durante el período de desastre federal por el COVID-19, que duró más de tres años.

La declaración por el COVID-19 estuvo en vigor desde el 20 de enero de 2020 hasta el 11 de mayo de 2023, señaló. Otros 60 días ampliaron ese periodo hasta el 10 de julio de 2023 a efectos fiscales.

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"Según el razonamiento de la corte... los plazos de presentación y pago se aplazaron durante todo ese período y, en consecuencia, las declaraciones de impuestos y los pagos que vencieran en cualquier momento dentro de ese plazo no se consideraron atrasados hasta después del 10 de julio de 2023", declaró la NTA. "Según la lógica de la corte, el IRS no debería haber impuesto sanciones por presentación o pago atrasado durante ese período de tres años y medio, ni haber cobrado intereses sobre esas cantidades".

Los contribuyentes podrían tener derecho a una reducción o a un reembolso de determinadas cantidades durante ese periodo de desastre federal, según la NTA, como por ejemplo por el impago de impuestos, el incumplimiento de los pagos estimados de impuestos o las sanciones incurridas por no presentar las declaraciones de impuestos a tiempo.

Los contribuyentes también podrían recibir reembolsos por intereses que comenzaron a devengarse antes de lo que debían o que no deberían haberse devengado en absoluto, o por el pago en exceso de intereses durante el periodo de desastre por el COVID-19 de 2020 a 2023, señaló.

"Este problema es generalizado y no se limita a un grupo pequeño o especializado de contribuyentes", dijo la NTA. "Como se ha señalado, a decenas de millones de contribuyentes se les han impuesto sanciones o intereses por retrasos en la presentación o el pago durante estos años".

El IRS, en la mayoría de los casos, no emitirá reembolsos ni reducciones a menos que el contribuyente presente una reclamación, advirtió, señalando que es probable que el contribuyente tenga que presentar una reclamación en un plazo de tres años a partir de la fecha en que presentó la declaración de impuestos o de dos años a partir de la fecha en que pagó sus impuestos.

En consecuencia, la mayoría de los contribuyentes afectados tendrían que presentar reclamaciones antes del 10 de julio y deberán utilizar el formulario 843, titulado "Reclamación de devolución y solicitud de reducción". Algunos contribuyentes podrían "considerar la posibilidad de presentar reclamaciones preventivas para preservar sus derechos", señaló el organismo de control, citando el hecho de que los casos aún se encuentran en litigio.

La NTA, que advirtió que el formulario 843 debe completarse en papel y no puede presentarse por vía electrónica, también sugirió que los contribuyentes se pongan en contacto con un profesional fiscal para reclamar la devolución o la reducción. Sugirió además que los miembros del Congreso deberían destacar la próxima fecha límite y que los profesionales fiscales mantengan a sus clientes informados sobre la devolución.


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