Corte federal dictamina que delincuentes sexuales tienen el derecho constitucional de vivir con sus hijos

El fallo podría abrir la puerta a impugnaciones contra las leyes estatales que regulan la conducta de los delincuentes sexuales en libertad

Un oficial de la Patrulla de Carreteras de Florida observa fotografías de presuntos extranjeros con antecedentes penales antes de una conferencia de prensa en el edificio de ICE (Operaciones de Control y Deportación), el 13 de noviembre de 2025 en Miramar, Florida. Las autoridades anunciaron los resultados de una operación de control migratorio en Florida dirigida contra extranjeros con antecedentes penales por delitos sexuales.(Joe Raedle/Getty Images)

Un oficial de la Patrulla de Carreteras de Florida observa fotografías de presuntos extranjeros con antecedentes penales antes de una conferencia de prensa en el edificio de ICE (Operaciones de Control y Deportación), el 13 de noviembre de 2025 en Miramar, Florida. Las autoridades anunciaron los resultados de una operación de control migratorio en Florida dirigida contra extranjeros con antecedentes penales por delitos sexuales.(Joe Raedle/Getty Images)

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Epoch Times Español
7 de julio de 2026, 6:58 p. m.
| Actualizado el7 de julio de 2026, 6:58 p. m.

Una corte federal de apelaciones dictaminó el 6 de julio que los delincuentes sexuales condenados conservan el derecho constitucional fundamental a vivir con sus propios hijos.

El nuevo fallo de la Corte de Apelaciones de Estados Unidos para el 11.º Circuito surge a raíz de un caso de Alabama, pero podría contribuir a reformular las estrictas leyes de residencia para delincuentes sexuales en los otros dos estados del circuito —Florida y Georgia— y servir como precedente persuasivo en otros lugares.

En el centro del caso se encuentra la doctrina constitucional del debido proceso sustantivo, que protege ciertos derechos fundamentales que no están explícitamente enumerados en la Constitución de Estados Unidos, pero que están profundamente arraigados en la historia y la tradición de ese país, incluido el derecho de los padres a vivir con sus hijos y criarlos.

La corte falló por 8 votos contra 5 a favor del demandante, Bruce Henry, en el caso conocido como Henry contra el Sheriff del condado de Tuscaloosa.

La opinión mayoritaria fue redactada por la jueza de circuito Robin Rosenbaum.

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En 2013, Henry se declaró culpable de "poseer a sabiendas... cualquier libro, revista, publicación periódica, película, cinta de video, disco de computadora o cualquier otro material que contenga una imagen de pornografía infantil".

El dictamen relata que la corte federal de distrito lo condenó a 70 meses de prisión y 60 meses de libertad supervisada. Cumplió cinco años antes de ser puesto en libertad en marzo de 2018. Completó un programa de tratamiento para delincuentes sexuales acreditado, junto con terapia individual y grupal, y continúa asistiendo a reuniones semanales de Adictos al Sexo Anónimos. Además, cuenta con un empleo estable, asiste a la iglesia y realiza trabajo voluntario.

Incumplió los términos de la libertad supervisada en dos ocasiones al ver pornografía. Informó de los incumplimientos a su proveedor de tratamiento para delincuentes sexuales, pero no se lo comunicó a su oficial de libertad condicional. El oficial presentó una petición para revocar su libertad supervisada, pero la corte de distrito la rechazó, optando en su lugar por extender la duración del período de libertad supervisada hasta marzo de este año, según la sentencia.

Desde el último incidente en diciembre de 2019, Henry ha cumplido con los términos de su libertad. En agosto de 2021, él y su esposa tuvieron un hijo; sin embargo, debido a que era un delincuente sexual, la Ley de Registro de Delincuentes Sexuales y Notificación a la Comunidad de Alabama le prohibió vivir con el niño.

La ley prohíbe que un delincuente sexual resida con cualquier menor o realice visitas nocturnas con él, pero contiene una excepción familiar que permite al delincuente vivir con sus propios hijos, nietos, hijastros, hermanos o hermanastros, o pasar la noche con ellos.

Esa protección se elimina para cualquier adulto condenado por un delito sexual que involucre a un menor o por cualquier delito relacionado con material de abuso sexual infantil, denominado legalmente "pornografía infantil".

"La ley de Alabama no ofrece ninguna salvedad a Henry ni a ninguna otra persona: la Ley no contiene ningún mecanismo para que los delincuentes impugnen sus prohibiciones de residir o pasar la noche con sus propios hijos", señaló el dictamen.

Tras el nacimiento de su hijo, Henry demandó a las autoridades de Alabama en virtud de la ley federal para impedir la aplicación de la prohibición de la Ley que le impedía vivir con su hijo. La corte de distrito coincidió en que la prohibición era inconstitucional y suspendió su aplicación.

Un panel de la Corte de Apelaciones de los Estados Unidos para el 11.º Circuito falló en gran medida a favor de Henry, al determinar que la prohibición de la Ley que impide que un padre viva con su propio hijo interfería con el "derecho fundamental de Henry a vivir con [su] hijo y criarlo", y anuló la orden judicial de la corte de distrito.

Posteriormente, el pleno del 11.º Circuito volvió a examinar el caso y falló a favor de Henry.

La Corte Suprema ha reconocido que los padres tienen el derecho fundamental de vivir con sus hijos, y este derecho es "quizás el más antiguo de los intereses fundamentales de libertad" que protege la 14.ª Enmienda, señaló el dictamen.

Por el contrario, Alabama argumentó que no todos los padres gozan de este derecho y que hay categorías enteras de padres que "no gozan de ningún derecho fundamental en absoluto porque cometieron una 'mala conducta' definida por el estado años antes de que sus hijos siquiera nacieran". La Corte Suprema ha reconocido que incluso un padre condenado por posesión de "pornografía infantil" conserva el derecho fundamental a vivir con su hijo, según la opinión.

“Eso no significa que Alabama no pueda regular o incluso derogar ese derecho. Pero para hacerlo, Alabama debe demostrar que su legislación está diseñada de manera específica para promover su interés imperioso en la seguridad de los niños”, señaló la corte de apelaciones. La derogación es el acto de anular formalmente una ley o disposición legal.

La corte de apelaciones devolvió el caso al tribunal de distrito para que lo reconsiderara.

El juez presidente del circuito, William Pryor, presentó una opinión disidente, en la que criticó a la mayoría por socavar los esfuerzos de Alabama en materia de protección infantil.

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"Todos están de acuerdo en que los padres, en general, gozan del derecho fundamental a 'tomar decisiones relativas al cuidado, la custodia y el control de sus hijos'", dijo Pryor.

“Pero esta apelación plantea una cuestión diferente: si la Cláusula del Debido Proceso [en la 14.ª Enmienda] otorga a los condenados por delitos sexuales contra menores —y no a los padres en general— el derecho fundamental a residir con sus hijos. Por supuesto que no".

Pryor señaló que, según el razonamiento de la mayoría, un padre que haya violado a su hijo pequeño sigue gozando del derecho fundamental a vivir con ese niño, a menos que se haya determinado judicialmente que es peligroso.

Pryor también señaló que la doctrina del debido proceso sustantivo crea un "campo traicionero" y que la Corte Suprema ha ordenado a los tribunales que "actúen con el mayor cuidado siempre que... se les pida abrir nuevos caminos", a fin de evitar usurpar la autoridad que la Constitución confía a las legislaturas elegidas.


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